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Contamos con un equipo de profesionales especializado, que te permitirá obtener el seguro de la manera más rápida y adaptada a tus necesidades.

Existen diferentes seguros de caución que atienden las diversas etapas y actividades de las empresas según sea su especialidad.

Son utilizados para garantizar contratos u obligaciones frente a entes públicos o privados, abarcando todas las etapas que se presentan en un proceso de contratación.

  • Anticipo Financiero: Responde por la adecuada aplicación del anticipo recibido por el Tomador a la realización del contrato que lo motiva.
  • Ejecución de contrato / adjudicación: Cubre el cumplimiento en tiempo y forma de obligaciones contractuales generadas en un Orden de Compra, Nota de Pedido, Contrato o en una reglamentación municipal o nacional.
  • Mantenimiento de oferta: Garantiza al ente licitante el mantenimiento de la propuesta por un determinado plazo y, en caso de resultar adjudicado, la presentación del oferente (Tomador) a la firma del contrato correspondiente.
  • Anticipo de Acopio de Materiales: Garantiza la aplicación del anticipo recibido o a recibir, al acopio de materiales destinados a una obra o suministro.
  • Anticipo de Acopio de Materiales: Garantiza la aplicación del anticipo recibido o a recibir, al acopio de materiales destinados a una obra o suministro.
  • Fondo de Reparo: Sustituye las retenciones efectuadas por un comitente (Asegurado de la Póliza) sobre el monto de cada certificado para garantizar los defectos o vicios ocultos y las consecuentes reparaciones del suministro u obra.
  • Tenencia para uso, reparación, manutención o reacondicionamiento: Responde por la tenencia y posterior devolución de los bienes de propiedad del Asegurado / Beneficiario, que este ha entregado o entregará al Tomador para su uso, reparación, manutención o reacondicionamiento.

Destinadas a garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales de un contrato de concesión, como así también el pago del canon en caso que el contrato lo prevea.

  • Mantenimiento de Oferta
  • Ejecución de Contrato

Son aquellas que deben construir a favor de AFIP Dirección General de Aduanas, quienes realizan operaciones de importación / exportación de mercaderías, para garantizar el eventual pago de los derechos aduaneros correspondiente.

  • Tránsito Terrestre: Se cubren los recargos que la Dirección General de Aduanas (DGA) acepta no percibir por el tránsito de mercaderías por el territorio nacional, desde una Aduana Argentina o puerto hasta otra Aduana, Depósito Fiscal o Zona Franca.
  • Importación / Exportación Temporal: Garantiza la reexportación en un plazo determinado de mercaderías ingresadas al país que no tributarán impuestos, las cuales pueden sufrir o no cambios durante su permanencia.
  • Falta de Documentación: Se garantiza a la DGA la falta de presentación de algún documento que demore el despacho de las mercaderías ingresadas, como por ej.: Conocimiento de Embarque, Facturas, Notas de Embarque, Certificados de Origen.
  • Diferencia de Derechos: Cubre la eventual existencia de diferencias por derechos, tasas y demás tributos correspondientes a una operación aduanera en trámite, es decir mientras no exista una resolución administrativa o judicial que haya establecido el valor definitivo de la mercadería.
  • Habilitación de Depósito Fiscal: Al habilitar un predio para utilizarlo como depósito de mercaderías ingresadas al país (depósito fiscal), la DGA solicitará que se le garantice los tributos correspondientes a las mercaderías allí alojadas, respondiendo la Póliza de Caución por la falta de dichas mercaderías sin admitirse causas de fuerza mayor (incendio, robo, hurto).
  • Registro de importadores / exportadores: La Resolución 2220/07 la AFIP estableció como requisito para la inscripción en el registro de Importadores y Exportadores, la presentación de una garantía para aquellos agentes que hubieran tenido una facturación o patrimonio neto menor a $ 300.000 durante el ejercicio fiscal anterior al de la inscripción. La cobertura requerida es por una suma de $ 30.000 y la vigencia está relacionada con la renovación anual que debe realizador el operador aduanero en AFIP.
  • Régimen automotriz: Este régimen especial comprende a productos nuevos y sin uso, cuyas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) con sus respectivas descripciones se encuentran listadas en la reglamentación vigente (Decreto 660/2000 y 939/2004).
  • Comerciales: Se garantizan al titular de un inmueble (Asegurado) los alquileres impagos en los que pudiera incurrir el inquilino (Tomador), como así también el depósito en garantía, hasta que se produzca la restitución del bien locado.

Garantías Judiciales: buscan garantizar la sustitución de una medida cautelar establecida por el juzgado interviniente en la causa, a favor de quien se debe emitir la garantía (es el Asegurado).

  • Contracautelas: Garantiza la caución exigida como consecuencia de la medida cautelar solicitada por el actor de la demanda (Tomador del Seguro) contra un tercero (Demandado).
  • Cautelas: Es la garantía que debe presentar el demandado (Tomador del Seguro) en sustitución del embargo exigido en su contra.

Garantías de desempeño de profesión:

Garantizan el buen desempeño de la actividad que realice el Tomador, la cual se encuentra legalmente reglamentada por el ente de control correspondiente. Agencias de Turismo, turismo estudiantil, almacenadores, comercializadores de combustibles líquidos y/o GNC

Documentación y formularios

Formularios Útiles

Documentos necesarios para realizar la apertura de carpetas

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